Carencias en Adeslas. Preguntas frecuentes

Carencias en Adeslas y carencias en los seguros médicos en general.

Muchas veces sabemos de las carencias debido a que queremos acceder a una prueba o bien una intervención y la compañía médica nos avisa de que existen carencias.  

Es recomendable conocer los periodos de carencia en cada caso, y también los periodos de carencia en Adeslas, antes de contratar un seguro médico.

Por suerte no hay habitualmente una carencia demasiado larga, y los tiempos máximos suelen ser de 8 meses.(contrataciones a partir de 1 de julio de 2021)

¿Que son las carencias en seguros médicos?

Las compañías de salud cubren  pruebas y actos médicos como intervenciones quirúrgicas y hospitalización que pueden tener un coste elevadísimo en comparación al coste de la prima mensual incluso anual;

Por eso cuando se contrata un seguro, las compañías imponen un  periodo de carencia en seguros de salud, que es el tiempo que hay que esperar desde que se contrata la póliza hasta que puede acceder a un determinado acto médico.

Este periodo de carencia suele ser en la mayoría de contratación posterior a 1 de julio de 2021.

En Adeslas el periodo de carencia es de 3 meses para pruebas de alto diagnóstico, de 6 meses para pruebas intervencionistas,  y en general de 8 meses para  hospitalización e intervenciones quirúrgicas. (altas posteriores a 1 de julio de 2021).

 

¿Que sucede cuando se supera el periodo de carencia en un seguro médico?

Una vez superadas estas carencias, las compañías médicas permiten acceder a las pruebas, tratamientos e intervenciones médicas , si es que las preexistencias lo permiten.

¿Se eliminan las carencias si cambio de compañía de salud?

Depende en ultima instancia de las  características de cada compañías de salud;  pero en la mayoría de los casos, las empresas aseguradoras de salud que reciben la documentación del nuevo asegurado, en que justifica venir recientemente de una compañía anterior, y llevar el tiempo que la nueva compañía estima para superar el periodo de carencia en un seguro médico, entonces pueden ser eliminadas.

Hay que tener en cuenta que las compañías médicas  suelen eliminar carencias si se procede de un seguro con similares coberturas, como por ejemplo procedente de una compañía con hospitalización, cambiando a otra compañía con hospitalización.

Pero en el caso de  un asegurado que procede de una póliza básica con cobertura de especialistas y pruebas de diagnóstico,  pero sin cobertura de  hospitalización, y desea cambiar a una póliza completa con hospitalización, la nueva aseguradora, eliminará las carencias para pruebas de diagnóstico pero exigirá pasar carencias completas para la cirugía y hospitalización porque se trata de una nueva cobertura.

 

 

¿Que documentación se requiere para entrar sin carencias en una compañía de salud?

Generalmente se debe demostrar que el asegurado viene de otra compañía que ha estado tanto tiempo como la nueva compañía estima para superar las carencias; Esta documentación se puede demostrar con las condiciones particulares procedentes de la antigua empresa de salud, y con el último recibo abonado; De esta forma se conoce la fecha en la que se comenzó y la fecha última que se ha abonado.

En muchas ocasiones, es suficiente con mostrar la tarjeta de salud que se utilizaba en la anterior compañía siempre que la misma indique la fecha de alta, y por supuesto seguir adjuntando el ultimo recibo pagado.

Si ha pasado más de un día entre un seguro y otro, por ejemplo baja el 31 de diciembre en una compañía, y  deseamos el alta el 1 de febrero, las compañías no eliminarán carencias.

Si por ejemplo nos damos de baja el 31 de diciembre en una compañía y el día 15 de enero queremos el alta en otra aseguradora, se puede plantear al agente dar de alta con fecha 1 de enero, para que exista continuidad entre una compañía y otra.

 

¿que carencias tiene una póliza completa con hospitalización en Adeslas?

Las carencias en pólizas completas de tipo plena, plena plus, plena vital, autónomo o empresa son las siguientes:

  • Para pruebas de alto diagnóstico:

-  De alta tecnología:como resonancias, TACS, endoscopias, holter y pruebas genéticas tendrán un periodo de carencia de TRES MESES.

- Aquellas pruebas Intervencionistas que requieran acceder a intervención para  determinar un diagnóstico, tendrán un periodo de carencia de SEIS MESES.

  • Para hospitalización:

- Las intervenciones quirúrgicas en régimen ambulatorio  tendrán un periodo de carencia de TRES MESES, es decir aquellas que se realicen en la misma consulta sin quirófano, como puede ser extirpación de un pequeño lunar en la misma consulta ambulatoria.

- Hospitalización e intervención quirúrgica, parto y cesárea: aquellas que aunque se realicen en régimen ambulatorio se realicen en un pequeño quirófano, o aquellas que se realicen en hospital aunque no se llegue a pasar la noche, el periodo de carencia será de 8 MESES (altas posteriores a 1 de julio de 2021).

-En caso de intervenciones quirúrgicas y partos distócicos que tengan lugar en situación de urgencia vital, no se aplicará el periodo de carencia previsto, y tampoco en los partos prematuros, entendiéndose por tales los que se produzcan con anterioridad al cumplimiento de la 28ª semana de gestación.

  • Para Tratamientos especiales: Tendrán un periodo de carencia de TRES MESES los siguientes tratamientos especiales:

- Electrorradioterapia.

- Laserterapia: en tratamientos de fotocoagulación en oftalmología así como el láser en rehabilitación músculoesquelética.

- Nucleotomía percutánea.

Tendrán un periodo de carencia de 8MESES  (Altas posteriores a 1 de julio 2021) los siguientes tratamientos especiales asociados a procesos hospitalarios:

- Laserterapia. La cirugía en coloproctología, las intervenciones quirúrgicas en ginecología, otorrinolaringología y dermatología, y el tratamiento endoluminal de las varices.

- Hemodiálisis.

- Ondas de choque para calcificaciones musculotendinosas.

- Litotricia renal.

- Quimioterapia y Oncología radioterápica.

Como contrato un seguro medico sin carencia en Adeslas

Para poder optar a un seguro médico sin carencia, en Adeslas, el asegurado debe justificar proceder de un seguro con similares coberturas,llevar más de 8 meses en el mismo. Puede ser que el seguro sea de Sanitas, Asisa, DKV, ... o incluso pudiera ser de alguna compañía extranjera.

Siempre que el asegurado pueda justificar que actualmente se dispone de un seguro con las condiciones particulares del mismo donde se vea la antigüedad coberturas, y junto con el justificante del último  recibo bancario, Adeslas valoraría  eliminar las carencias.

¿Y que son las preexistencias médicas?

Cuando un asegurado con una póliza completa con hospitalización ve que le están subiendo año tras año la prima,  y  tiene alguna enfermedad o preexistencia que puede causar problemas para cambiarse de aseguradora, debe valorar que la posibilidad de cambio real puede no ser la mejor solución.

Las pólizas completas con hospitalización están sujetas a cuestionario médico, y cuando un asegurado tiene una preexistencia o enfermedad, la compañía puede excluir esa preexistencia o directamente no asegurar a la persona en  la póliza.

Realmente, el proceder de una compañía donde se paga más por el seguro médico, y cambiarse a una nueva con coste inferior, eliminando carencias, es viable solo cuando el estado de salud es bueno.   Cuando una persona ya tiene una cardiopatía, diabetes, obesidad, etc las aseguradoras, y Adeslas no permiten asegurarse (salvo para pólizas de funcionarios).

Por eso muchas veces no solo habrá que valorar si hay o no carencias al pasar de una póliza a otra, sino tambien si hay preexistencias médicas.

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