Seguros colectivos Adeslas para grandes empresas y asociaciones

Oferta para más de 50 asegurados.

 

  • Seguro médico para empresas, sin carencia y sin cuestionario médico a partir de 50 asegurados.

 

  • Seguro médico completo sin copagos cobertura completa ajustada o no a cuadro médico y con opción de incluir Adeslas dental.

 

 

Coberturas Adeslas empresas

Coberturas y actos médicos sin copagos en clínicas y centros concertados en el cuadro médico Adeslas

  • Medicina general en consulta y domicilio, pediatría, ATS.
  • Especialistas: ginecología, traumatología, urología, medicina interna, neurología, cirugía…
  • Pruebas diagnósticas y de alto diagnóstico: Analíticas, radiografías, resonancias magnéticas, pruebas genéticas, TACS, Scanner…
  • Tratamientos: psicoterapia (hasta 20 sesiones año), fisioterapia, oxigenoterapia, radioterapia, quimioterapia, etc.
  • Medicina preventiva: prevención de infato de miocardio, prevención de cáncer de útero y mama, prevención de cáncer de próstata, etc
  • Hospitalización en habitación individual con cama para acompañante. Intervenciones quirúrgicas. Prótesis internas.
  • Asistencia en viaje en el extranjero. Para viajes de hasta 3 meses con una cobertura de hasta 12.000€

Beneficios sociales para empresas

 

Explicación de la deducción del seguro médico en la empresa:

  1. Límite de deducción por persona:
    • Para los socios de la empresa y sus familiares directos (es decir, cónyuge e hijos), la ley permite una deducción en el Impuesto sobre Sociedades de hasta 500 € por persona y por año.
    • En el caso de personas con discapacidad, este límite puede aumentar hasta 1.500 € por persona.
  2. Deducción de la prima del seguro:
    • Si la empresa contrata un seguro médico para los empleados, la totalidad del coste de la prima pagada por la empresa es deducible como gasto en el Impuesto sobre Sociedades.
    • Esto incluye no solo a los empleados, sino también a los socios si están incluidos en la póliza y cumplen con las condiciones anteriores.
  3. Requisitos para la deducción:
    • Los seguros deben estar relacionados con la actividad de la empresa.
    • Los beneficiarios deben estar identificados en la póliza.
    • La empresa debe ser quien asuma el coste del seguro.
  4. Beneficios adicionales:

    • Para los socios y empleados, el seguro no se considera una retribución en especie siempre que no se supere el límite de 500 € (o 1.500 € en casos de discapacidad) por beneficiario.

 

Opción 1

Paga el asegurado

Cada asegurado solicita el alta libremente sin coste para la empresa o asociación, abonando los recibos desde su propia cuenta bancaria, pudiendo incluir familiares directos a su cuenta, con un precio de ahorro importante por pertenecer a la asociación  o empresa.

 

Opción 2

Paga la empresa

La empresa o asociación abona desde su propia cuenta bancaria el seguro, obteniendo un precio mucho más competitivo, y posteriormente  cobra todo, parte o nada, al asegurado a través de nómina.

-El seguro médico no se considera retribución en especie para el empleado hasta los 500€ por asegurado y año, por lo que, hasta esta cantidad  no soporta IRPF.

-Tras aprobar el Real Decreto 16/2013   20 de diciembre, empresa debe cotizar a la SS por la totalidad del importe anual del seguro médico.

  • Realizamos presupuestos personalizados

    Realizamos un presupuesto ajustado a cada situación, recomendando la mejor solución en cada caso.

  • Tramitamos el alta

    Preparamos el seguro

    para que desde el primer día los asegurados puedan acceder al seguro médico

  • Satisfacción del empleado

    Mejora la satisfacción del empleado ofreciendole este gran beneficio social que es cuidar de su salud, mientras que el tiempo utilizado para acceder directamente a especialistas disminuye las faltas laborales

Solicita presupuesto

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